VILLAHERMOSA (Contraste Político).- Todas las personas fallecidas a causa del Coronavirus Covid-19, deberán introducirse en bolsa especial sellada, llevarlas directamente a su cremación en ataúd sellado, sin que nadie pueda ver el cuerpo.
Se prohíben también los velorios con las cenizas en domicilio particular sino solo en salas funerarias, pero con la mínima presencia de familiares y respetando el distanciamiento social, donde quedan impedidos los “saludos de mano y beso”
Así quedó establecido en el Periódico Oficial del gobierno de Tabasco, al publicarse la noche del sábado el Acuerdo con los “lineamientos para el manejo seguro, transporte y disposición de cadáveres de personas fallecidas debido a la infección por el virus covid-19”, expedido por la secretaria de Salud del estado, Silvia Guillermina Roldán Fernández..
El personal de la Secretaría de Salud del estado, antes de entregar el cuerpo a la funeraria que trasladará los restos para incinerarlo en un plazo máximo de 12 horas, deberá introducir el cadáver en una bolsa sanitaria con cierre hermético y plastificado.
“La introducción en la bolsa se deberá realizar dentro de la propia habitación de aislamiento, una vez cerrada con el cadáver en su interior, se deberá rociar en su totalidad con desinfectante de uso hospitalario o con una solución de hipoclorito de sodio al 1%. Asimismo, se deberá colocar una ficha en el frente de la bolsa con los datos personales del fallecido con fotografía”.
Por parte de la funeraria, el cadáver deberá manipularse en la bolsa sellada y el personal que intervenga deberá estar debidamente capacitado y contar con equipo de protección personal.
Tampoco se podrá realizar el embalsamamiento de los cadáveres, ni se deberán realizar autopsias a los cadáveres de personas fallecidas debido a la infección por el COVID-19, ya fuesen casos clasificados como en investigación, probable o confirmado, salvo indicaciones clínicas estrictamente fundamentadas o por orden de autoridad competente.
El personal de Salud que manipule el cadáver deberá contar con el equipo de protección personal como máscara quirúrgica y guantes de nitrilo. Y después de la transferencia del cuerpo al personal de cremación/cementerio, el vehículo será descontaminado con hipoclorito de sodio al 1%.
En la cremación, la bolsa sanitaria que contenga el cadáver deberá estar sellada, podrá introducirse en el féretro normal, sin que sean precisas precauciones especiales. “El destino final será mediante su incineración, conforme a lo señalado en el Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de la Disposición de Órganos, Tejidos y Cadáveres de Seres Humanos”.
De acuerdo al Artículo 12 de este Acuerdo del Periódico Oficial del estado, “no se permitirá el contacto con el cadáver, ni su visualización. El cadáver deberá estar en un féretro sellado”.
“La cremación de los cadáveres deberá de realizarse dentro de las doce horas siguientes al deceso. Como medida de distanciamiento social deberá evitarse una gran reunión en el crematorio, velatorio y en el lugar de entierro, ya que es posible que los contactos familiares cercanos puedan ser asintomáticos y se propague el virus”, advierte la nueva normatividad.
De acuerdo con el Artículo 15, una vez cremado el cadáver solo se podrá permitir la velación “en los velatorios de los servicios funerarios, debiéndose observar las medidas de distanciamiento social, con un mínimo de asistentes, separados a metro y medio de distancia, sin mantener contacto físico, como son el saludo de mano y beso”.
Al término de la velación, deberá sanitizarse la sala o área de velación, con hipoclorito de sodio al 1 %.
La Secretaría de Salud advierte que en analogía con los virus respiratorios y por principio de precaución, los cadáveres de personas fallecidas por COVID-19, representan un riesgo de infección y transmisión de enfermedades para las personas asociadas con su manejo y disposición final.
Los procedimientos generadores de aerosoles (PGA) son roles fundamentales en la diseminación de la enfermedad, así como las manos contaminadas de los trabajadores de salud, superficies y fómites, pero ninguna medida en el manejo de los cadáveres puede ser cien por ciento segura para los trabajadores, familiares y la comunidad en general, ante ello, es necesario que la disposición de los cadáveres se realice a través de la incineración para reducir los riesgos de exposición.
El COVID-19 es un caso de contingencia de salud que amerita conforme a la Ley General de Salud y a la particular del Estado, establecer las acciones emergentes de prevención y contención de la propagación estableciendo las medidas que se estimen necesarias.